Qué debe publicar una notaría en su sitio web y cuál es su horario mínimo: checklist 2026

Antes de ir a una notaría conviene saber dos cosas: a qué hora tiene que estar abierta y qué información debe tener publicada en internet. La reforma notarial, la Ley 21.772, rige desde el 2 de abril de 2026 y fijó reglas concretas en ambos temas. Esta guía las resume como un checklist que puedes revisar en cinco minutos.
Horario mínimo de las notarías
La Ley 21.772 modificó el artículo 475 del Código Orgánico de Tribunales. Antes, el horario dependía de "las horas que señalen las leyes y los reglamentos". Hoy el texto es más preciso.
Qué dice la ley
- Las notarías deben atender como mínimo de lunes a viernes, en un horario no inferior a siete horas diarias.
- El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos puede extender ese mínimo hasta en una hora cuando existan razones fundadas.
- La notaría debe informar su horario específico y, antes de aplicarlas, sus modificaciones. Debe hacerlo a la fiscalía judicial y al público, tanto en su sitio web como en sus propias dependencias.
El notario debe estar presente
La ley agrega que el notario debe estar presente en su oficio al menos durante el horario mínimo de atención. La excepción es que esté fuera cumpliendo funciones legales, por ejemplo, autorizando un acto en otro lugar. Es un cambio importante: el notario no puede delegar su presencia de forma permanente.
La ley exige siete horas, pero no dice a qué hora se abre ni se cierra. Por eso cada notaría publica su propio horario, y ese horario es el que debe cumplir.
Qué debe publicar una notaría en su sitio web
El artículo 401 bis, número 4, del Código Orgánico de Tribunales obliga a cada notaría a contar con un sitio web que contenga, a lo menos, lo siguiente.
Checklist para el usuario
- Dirección del oficio.
- Horario de funcionamiento.
- Trámites que se pueden realizar y sus requisitos.
- Tarifas por trámite.
- Lista actualizada de suplentes o interinos.
- Nómina del personal administrativo, técnico o profesional, con sus remuneraciones.
- Balances anuales.
- Declaraciones de intereses y patrimonio.
- Los últimos tres informes de supervisión del fiscal judicial.
- Un canal de consultas, reclamos y sugerencias.
Además, el número 5 del mismo artículo dispone que en el sitio se puedan consultar gratis los índices de escrituras públicas e instrumentos protocolizados que estén en el repositorio digital, actualizados cada mes.
Un matiz sobre los plazos
Varias obligaciones digitales de la reforma, como el repositorio de escrituras y las copias electrónicas, dependen de un reglamento cuya entrada en vigencia tiene plazos propios según las disposiciones transitorias de la ley. Por eso algunas notarías todavía no tienen todo publicado, sobre todo los índices. La obligación de informar el horario en el sitio web ya está en el artículo 475 vigente. Si tienes dudas sobre una exigencia puntual, revisa el texto de la ley en la Biblioteca del Congreso Nacional.
Cómo usar esta información antes de tu trámite
- Revisa el sitio web de la notaría y verifica el horario y los requisitos del trámite.
- Compara tarifas. Mientras no se dicte el decreto de tarifas máximas, sigue rigiendo el arancel de 1998 y cada notaría publica sus propios precios. Lo explicamos en aranceles notariales 2026.
- Guarda evidencia. Si te cobran algo distinto a lo publicado o encuentras la oficina cerrada en horario de atención, toma una captura del sitio y guarda la boleta.
- Reclama si corresponde. Desde abril de 2026 la Ley del Consumidor se aplica a las notarías y el SERNAC vela por la calidad del servicio. Sigue nuestra guía para reclamar ante el SERNAC contra una notaría. Los asuntos disciplinarios del notario corresponden a la Fiscalía Judicial.
¿Y si no necesitas ir a la notaría?
No todos los documentos requieren notario. Según la Ley 19.799, los documentos firmados electrónicamente tienen la misma validez que los firmados en papel, salvo las excepciones legales, como los actos que exigen escritura pública o solemnidades especiales. Contratos de prestación de servicios, anexos laborales, cotizaciones y muchos acuerdos comerciales se pueden firmar en línea. Revisa qué trámites ya no exigen notaría.
Es importante no confundir conceptos. Una firma electrónica avanzada no equivale a una autorización notarial de firma, y la protocolización de un documento no es lo mismo que certificar una firma. Cada una cumple una función distinta.
En SimpleFirma puedes elegir según lo que necesites, con precios publicados en nuestra página de precios:
- Firma Simple Certificada: $3.490 por firmante.
- Firma Avanzada: $4.990 por firmante.
- Copia certificada: $7.990.
- Autorización notarial: $8.990.
- Protocolización: $14.990.
Para documentos que sí necesitan intervención notarial, revisa nuestros trámites notariales en línea. Así evitas filas y horarios.
Resumen
- Las notarías deben atender de lunes a viernes, al menos siete horas diarias, con el notario presente durante ese horario.
- Deben publicar en su sitio web su horario, trámites, requisitos, tarifas, suplentes, personal, balances, declaraciones e informes de fiscalización, además de un canal de reclamos.
- Si no cumplen, puedes reclamar ante el SERNAC. Los temas disciplinarios los ve la Fiscalía Judicial.
- Si tu documento no exige notario, puedes crear y firmar tu documento en línea en minutos.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el horario mínimo de atención de una notaría?
Según el artículo 475 del Código Orgánico de Tribunales, modificado por la Ley 21.772, las notarías deben atender como mínimo de lunes a viernes, en un horario no inferior a siete horas diarias. El Ministerio de Justicia puede extenderlo hasta en una hora por razones fundadas.
¿El notario tiene que estar presente en la notaría?
Sí. La ley indica que el notario debe estar presente en su oficio al menos durante el horario mínimo de atención, salvo cuando se ausente para ejercer funciones legales fuera del oficio.
¿Qué información debe tener el sitio web de una notaría?
El artículo 401 bis N° 4 exige, a lo menos: dirección, horario, trámites y sus requisitos, tarifas por trámite, lista de suplentes o interinos, nómina y remuneraciones del personal, balances anuales, declaraciones de intereses y patrimonio, los últimos tres informes de supervisión del fiscal judicial y un canal de consultas, reclamos y sugerencias.
¿Qué hago si la notaría no publica sus tarifas o no respeta su horario?
Puedes reclamar ante el SERNAC, porque desde el 2 de abril de 2026 la Ley del Consumidor se aplica a las notarías. Los temas disciplinarios del notario corresponden a la Fiscalía Judicial.
¿Necesito ir a la notaría para todos mis documentos?
No. Muchos documentos privados pueden firmarse con firma electrónica según la Ley 19.799. La notaría sigue siendo necesaria cuando la ley exige escritura pública o firma autorizada ante notario.